Comunicados

Cambios a la Resolución Miscelánea 2022

 

Ciudad de México a 18 de febrero del 2022.

 

 

El día de hoy se publicó la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea 2022, entre las consideraciones fiscales destacan las siguientes: - El Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero, aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2021 es de 0.0000. (Regla 3.16.11.) - El plazo para la cancelación de CFDI se podrá́ efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR, en lugar del cierre del ejercicio fiscal. (Regla 2.7.1.47.) - La obligación de la incorporación del complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos” al CFDI será́ aplicable una vez que el SAT publique en su Portal el citado complemento. (Cuarto transitorio) - Para efectos del ISR, IEPS e IVA, por las declaraciones que deban presentar los contribuyentes, correspondientes al mes de enero del 2022, ya sean mensuales, provisionales o definitivas, podrán presentarlas a más tardar el día 21 de febrero de 2022. Por lo que no se considerará un incumplimiento a las disposiciones fiscales la presentación a dicha fecha. (Séptimo transitorio)

 

 

 

ELABORADO POR: C.P.C. ELVIRA HIGUERA VELAZQUEZ