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Comunicado de CFDI que se puede considerar como pago en una sola exhibición, sin complemento de recepción de pagos

 

Lunes 8 de octubre del 2018

 

En días pasados se dio a conocer mediante versión anticipada de la tercera resolución miscelánea, la regla 2.7.1.44 permite considerar como método de pago en una sola exhibición para los CFDI cuyo cobro total de la contraprestación se haga a más tardar el día 17 del mes siguiente a su expedición. Para ello hay que considerar lo siguiente:

 

  • El pago por la totalidad de la operación debe realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Se deberá señalar en el CFDI como método de pago la clave “PUE” (pago en una sola exhibición), además de indicar la forma en que se recibirá el pago.
  • Si el pago de la totalidad de la operación se realiza del día 1 al 17 del mes siguiente, el acreditamiento en su caso de IVA e IEPS para el receptor, se realizará hasta su pago efectivo.
  • Si el pago se realiza en una forma distinta a la señalada en el CFDI, el mismo se cancelará y se emitirá uno nuevo.
  • Si el pago de la totalidad de la operación se realiza después del día 17 del mes siguiente, se procederá a cancelar el CFDI y se emitirá uno nuevo, señalando como forma de pago la clave “99” (por definir) y como método de pago “PPD” (pago en parcialidades o diferido), para ello se debe relacionar el nuevo CFDI con el emitido originalmente como “Sustitución de los CFDI previos”. Una vez que se obtenga el pago se deberá emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos.

 

Atentamente.

C.P.C. Pedro Higuera Velázquez.

Socio de Impuestos

 

 

 

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